Accesibilidad
La ciudad de Charlotte y el Aeropuerto Internacional Charlotte Douglas (CLT) se comprometen a garantizar la accesibilidad y la no discriminación para todos.
El CLT cumple con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964. Ninguna persona será excluida de participar, se le negarán beneficios ni será objeto de discriminación en los servicios, programas y empleos proporcionados por el Aeropuerto Internacional Charlotte Douglas y sus agencias contratistas por motivos de raza, color, nacionalidad, discapacidad, edad, religión o sexo.
El CLT también cumple con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y proporciona instalaciones accesibles para todos los pasajeros, empleados y otros miembros del público. El CLT continúa modificando sus instalaciones, programas, políticas y prácticas, según sea necesario, para garantizar el acceso.
El título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) exige que las entidades públicas proporcionen adaptaciones y modificaciones razonables a las personas con discapacidad. CLT se compromete a hacer que nuestros servicios y programas sean accesibles para todos. Previa solicitud, CLT proporcionará adaptaciones razonables, ayudas auxiliares, materiales escritos en formatos alternativos, acceso a idiomas y otras modificaciones. Para solicitar una adaptación razonable, póngase en contacto con ADACoordinator@cltairport.com.